Formación bonificada

 

Información sobre cursos subvencionados 100% bonificados gracias al Fondo Social Europeo y la Seguridad Social

Todos los años muchas empresas no se benefician de los 420 € mínimos que el Fondo Social Europeo y la Seguridad Social les concede para realizar cursos formativos como los que impartimos.

Cada año reciben estos créditos, pero no son acumulativos, es decir, si no los utiliza o los gasta durante el ejercicio los pierde.

¿Tiene una empresa? ¿Tiene al menos un trabajador dado de alta en el régimen general de la seguridad social?

¿Trabajas en una empresa y quieres que te soliciten ellos el curso siendo gratis para ti y para tu empresa?

¿Quiere dejar de perder 420 € como mínimo cada ejercicio?

Benefíciese de las ayudas en estos tiempos de crisis y consuma el crédito destinado a formación que le regala el Fondo Social Europeo.

¿Está interesado en saber qué debe hacer? Siga leyendo nuestra información sobre cursos subvencionados 100 %.

1º.- ¿Qué es un curso subvencionado o bonificable?

Los cursos subvencionados son cursos en los que el importe de los mismos corre por parte de la Seguridad Social, es decir, todos los gastos formativos del curso los reintegra la Seguridad Social a la empresa, en forma de subvención, al finalizar el trabajador el curso en el que se haya matriculado.

2º.- ¿Quiénes pueden beneficiarse de estas subvenciones del Fondo Social Europeo?

Todas las empresas o pymes pueden aprovecharse de las ayudas o subvenciones anuales, que la Administración del Estado, mediante la Seguridad Social y el Fondo Social Europeo, concede para la formación y cualificación de los trabajadores tal y como se estipula en la Orden TAS /2307/2007, de 27 de julio, y el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo que regula el Subsistema de Formación Profesional para el Empleo en materia de formación.

3º.- ¿Qué requisitos necesito como empresa o autónomo para acogerme a estas ayudas?

  • Tener al menos un trabajador dado de alta en el régimen general de la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de pago en Hacienda y sobretodo en la Seguridad Social.

4º.- ¿ Cuánto tiempo tardaré en recibir la subvención?

La subvención es prácticamente automática, recibiendo la empresa la deducción del importe abonado por el curso tras finalizar el mismo, para ser aplicada en los seguros sociales del mismo mes en el que se realizó la formación u otros meses, según desee la empresa y nos lo comunique.

5º.- ¿ Cuál es la cantidad máxima por ejercicio que mi empresa o como autónomo me puedo bonificar por realizar algún curso de formación?
Dependiendo del número de trabajadores contratados y lo que se cotice anualmente por ellos tendrá derecho a recibir, cada año, desde los 420 € como mínimo, hasta importes superiores a 5.000 € en algunas empresas con muchos empleados en activo.

Para calcular el importe concreto de bonificación que le corresponde, se suma el total del importe cotizado a la Seguridad Social, durante el ejercicio del año anterior, en concepto de Formación Profesional.

Pasos resumidos a seguir para calcular el importe al que se tiene derecho:

Paso 1.- Sumar todas las cantidades que aparecen en la «casilla 501» de los TC1 del año anterior.

Paso 2.- Aplicar al resultado de la suma anterior el 0.70% como porcentaje.

Paso 3.- El resultado de este cálculo será el importe de bonificación aunque puede ir desde el 100% total de subvención hasta el 60 % según el cuadro que puede ver a continuación para distintos tipos de empresas:

De 1 a 9 empleados……………… 100% Bonificación
De 10 a 40 empleados…………… 90% Bonificación
De 50 a 249 empleados…………… 80% Bonificación
Más de 249 empleados…………… 60% Bonificación

 

TC1

Si desea calcular el crédito de su empresa, puede hacerlo en este enlace.

También, si lo desea, nosotros mismos como Gestores de Formación Bonificada y Entidad Organizadora de Cursos Subvencionados reconocida,con acceso a las aplicaciones oficiales de la Fundación Tripartita, podemos informarle, sin compromiso, del crédito del que dispone para invertir en formación. También su propia gestoría puede informarle del crédito disponible.

AVISO IMPORTANTE. Recuerde que si no consume o gasta la bonificación durante el año actual, no se le acumula con la del ejercicio siguiente y no podrá ser utilizada, simplemente la perderá.

¿Que debo hacer para beneficiarme de estas ayudas oficiales realizando cursos gratis?

Paso 1.- Inscribirse en cualquiera de nuestros cursos subvencionados 100%.

Para realizar dicha inscripción la empresa deberá cumplimentar dos documentos que puede descargarse en nuestra sección de DOCUMENTACIÓN o que le podemos enviar por mail. Estos documentos son: (Documento de Adhesión, Documento de Contratación y La Ficha del Alumno (trabajador) que realizará el curso. Tras cumplimentar estos documentos y enviárnoslos les podremos informar incluso del crédito o saldo del que dispone la empresa actualmente, antes de que realice ningún pago por cualquiera de los cursos subvencionados para su seguridad.

 

Paso 2.- Realizar y abonar el curso.

Una vez recibidos los documentos anteriores, cumplimentados y comprobado que dispone de saldo suficiente para realizar el curso de forma que le resulte gratis y pueda bonificárselo 100%, deberá realizar ingreso del total del importe del curso, que será deducido en los seguros sociales del mes siguiente y su trabajador/es comenzarán el curso en la modalidad que hayan elegido: presencial, semipresencial o teleformación (online). Deberá guardar tanto la factura del curso como el justificante del ingreso por transferencia del pago del curso. Ambos comprobantes contables los necesitará su gestoría para aplicarse las deducciones y bonificación en los seguros sociales (TC1).

Paso 3.- Bonificación del curso.

Tras finalizar el curso y toda la tramitación ante la Fundación Tripartita, de la cual nos ocupamos nosotros como entidad organizadora, recibirá por mensajería un sobre con toda la documentación que deberá aportar la empresa, junto a la factura del curso realizado y comprobante de transferencia del pago del mismo. Así su departamento contable, recursos humanos o su propia gestoría, podrá aplicar las deducciones, en las cuotas de los seguros sociales que paga mensualmente, mediante los TC1. También recibirá los diplomas acreditativos de haber realizado los cursos.

Tras realizar esta gestión su empresa habrá ganado lo siguiente:

1.- Un empleado o más, útil para su negocio al estar cualificado y formado profesionalmente de forma totalmente gratuita.

2.- No habrá perdido la ayuda de 420 € como mínimo.

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